La Secretaría de Medio Ambiente dio a conocer el listado que establece, regula y controla la actividad de pesca deportiva que se debe observar en todos los ríos y embalses de Salta.
Para practicar la pesca deportiva se debe poseer licencia y/o permiso de pesca. La misma es personal e intransferible y debe ser portada en forma visible en el ejercicio de la actividad deportiva.
Cabra Corral
Se permite la pesca deportiva hasta el 28 de julio inclusive y desde el 18 de noviembre de 2013 hasta el 22 de julio de 2014 inclusive. Mientras que, la época de veda se establece a partir del 29 de julio hasta el 17 de noviembre de 2013 inclusive, en las siguientes zonas del embalse:
Zona sur: desde la península “El Zapallar” y su costa opuesta, hasta el final de la zona de agua embalsada de acuerdo a la cota alcanzada al momento de la veda.
Zona norte: desde el nuevo puerto de Mateo, su costa opuesta en el cerro La Cruz hasta la zona del puente de La Maroma, sobre el río Arias-Arenales.
Se establece como zona de exclusión para la pesca todo el año, en el puente del embalse Cabra Corral, el área comprendida entre el 3º y 4º pilar (desde la zona este del puente carretero), con el objeto de permitir el acceso de las embarcaciones.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bagre........3......30 cm
- Bocacha....5
- Dentudo....5......35 cm
- Mojarra...10
- Pejerrey...30
- Yusca.......5
Campo Alegre
Se permite únicamente practicar la pesca deportiva durante las horas de luz diurna y solo se podrá efectuar desde la costa, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor y a remo. Se podrá ejercitar la pesca deportiva en los meses de marzo, abril, mayo y diciembre de 2013 y enero y febrero de 2014. La época de veda rige durante los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2013.
En época de veda, se permite la pesca deportiva durante los días sábados, domingos y feriados. Durante el período de veda está permitida la extracción de hasta 5 ejemplares de pejerrey, 1 ejemplar de dentudo o tararira y hasta 1 ejemplar de bagre por pescador con licencia habilitante.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bagre........2......30 cm
- Bocacha....3
- Dentudo....3......35 cm
- Mojarra.....5
- Pejerrey...10
- Yusca.......5
Las Lomitas
Se permite únicamente practicar la pesca deportiva durante las horas de luz diurna y solo se podrá efectuar desde la costa, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor y a remo. La pesca deportiva se podrá ejercitar en los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto de 2013 y enero y febrero de 2014. Para este ambiente rige un período de veda durante los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013.
En época de veda en Las Lomitas se permite la práctica de la pesca deportiva durante los días sábados, domingos y feriados. Durante el período de veda está permitida la extracción de hasta 3 (tres) ejemplares de pejerrey, 2 (dos) ejemplares de carpa y hasta 2 (dos) ejemplares de trucha arco iris por pescador con licencia habilitante.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bagre........1......30 cm
- Bocacha....2
- Carpa........2
- Dentudo....3......35 cm
- Mojarra.....5
- Trucha......3
- Pejerrey....5
- Yusca.......5
Embalse El Tunal
Se permite únicamente practicar la pesca deportiva durante las horas de luz diurna y solo se podrá efectuar desde la costa, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor y a remo. Se permite la pesca deportiva desde el 25 de febrero de 2013 hasta el 17 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece un período de veda desde el 18 de noviembre de 2013 hasta el 23 de febrero del año 2014 inclusive.
En época de veda se permite la práctica de la pesca deportiva durante los días sábados, domingos y feriados. Durante el período de veda está permitida la extracción de hasta 3 (tres) ejemplares de pejerrey, 1 (uno) ejemplar de dentudo o tararira y hasta 20 (veinte) ejemplares de palometa por pescador con licencia habilitante.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bagre........1......30 cm
- Bocacha....2
- Boga.........1......35 cm
- Dentudo....2......35 cm
- Mojarra....10
- Palometa..Sin límite
- Pejerrey....7
- Yusca.......5
Río Juramento y afluentes
La pesca deportiva de ejemplares de cualquier especie sólo se podrá efectuar desde la costa o desde embarcaciones a remo, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor. Se permite la pesca deportiva hasta el 25 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda desde el 26 de noviembre de 2013 hasta el 23 de febrero del año 2014 inclusive.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Armado.....3......40 cm
- Bagre.........3.....40 cm
- Bocacha...10
- Boga.........1.......35 cm
- Dentudo....3......35 cm
- Mojarra...10
- Palometa..Sin límite
Río Medina y afluentes
Se permite la pesca deportiva hasta el 25 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda desde el 26 de noviembre de 2013 hasta el 23 de febrero del año 2014 inclusive.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bagre..........3.....40 cm
- Bocacha....10
- Boga...........1.....35 cm
- Dentudo.....3......35 cm
- Mojarra....10
- Palometa..Sin límite
Río Dorado, Del Valle, Seco y afluentes
Se permite la pesca deportiva hasta el 10 de noviembre del año del 2013 inclusive. El período de veda se establece desde el 11 de noviembre de 2013 hasta el 16 de febrero del año 2014 inclusive.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bagre.........2.....40 cm
- Bocacha...10
- Dentudo....3......35 cm
- Mojarra.....5
- Yusca........5
Río Lipeo
Se permite la pesca deportiva hasta el 3 de noviembre del año del 2013 inclusive. El período de veda se establece desde el 4 de noviembre de 2013 hasta el 9 de febrero del año 2014 inclusive.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
- Bocacha...10
- Mojarra.....5
- Trucha.......3
- Yusca........3
Río Bermejo y sus afluentes
Se permite la pesca deportiva desde el 12 de febrero de 2013 hasta el 10 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda para el río Bermejo desde el 11 de noviembre de 2013 hasta el 02 de febrero del año 2014 inclusive.
Las especies, cupo y tallas mínimas habilitadas son:
Bagre amarillo....5.....40 cm
Bagre blanco.......5.....40 cm
Mojarra...............5
Pacú....................1...45 cm
Patí......................1...45 cm
Surubí pintado....1...80 cm
Surubí atigrado...1...80 cm
Río Pescado
Se permite la pesca deportiva hasta el 3 de noviembre del año del 2013 inclusive. El período de veda se establece desde el 4 de noviembre de 2013 hasta el 2 de febrero del año 2014 inclusive.
Durante la temporada de pesca se habilita la práctica de la pesca deportiva únicamente bajo la modalidad de pesca con devolución obligatoria de todas sus especies.
Río Pilcomayo y fluentes
Se establece la veda total para la práctica de la pesca deportiva de todas las especies ícticashasta el 28 de febrero de 2014 inclusive.
Otros ríos
Se permite la pesca deportiva hasta el 17 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda desde el 18 de noviembre de 2013 hasta el 09 de febrero del año 2014 inclusive.
Requisitos para el carnet
Para sacar el carnet de pesca se solicitan 2 fotos, 4 x 4; fotocopia del DNI, $30.- (treinta pesos) para público en general; jubilados sin cargo; menores de 18 años y federados: $15.- (quince pesos) Para renovar el carnet se debe presentar el carné anterior, solamente. Secretaría de Ambiente, Santiago del Estero 2245 de 8 a 14 hs. (Programa de Biodiversidad).