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Atencion: El que no vote el domingo tendrá multa


El secretario del Tribunal Electoral, Adolfo Aráoz Figueroa, explicó que quienes no voten en las PASO de este domingo deberán abonar $50 de multa. Quien se ausente a las generales tendrá $100 más.



Como la palabra PASO indica, las próximas elecciones del domingo 11 de agosto sonPrimarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, para toda la ciudadanía, pertenezca o no a un partido político. Esta disposición no sólo está establecida por la Constitución sino también por la Ley Electoral Nacional. 

Es por eso que se establecieron multas para las personas que no se presenten a sus respectivas mesas para emitir su voto.

Al respecto, el secretario de la Justicia Electoral Federal, Aráoz Figueroa explicó que a las personas que no se presenten a votar y que tampoco justifiquen su falta se les aplicarán sanciones. “La multa se ha actualizado y se ha fijado en pesos. El monto para estas elecciones gradúa entre $50 y $500, y una acordada de la Cámara Electoral Nacional fijó que quién no vote en la primarias debe abonar una multa de $50 y quién lo no lo haga en las generales, por ser reincidente, la suma será de $100. Es decir que la persona que no emita su sufragio ni en las primarias ni en las generales tendrá que abonar un total de $150”. 

El funcionario también destacó que la Ley prevé otras sanciones como la inhabilitación para ejercer cargos públicos y la dificultad para realizar determinados trámites. “El Código Nacional Electoral fue modificado y se han incorporado disposiciones que crean un registro de infractores a la hora de votar. Todos los troqueles de los que no voten van a quedar en el padrón y con una lectora de código de barra se va a controlar quienes no fueron a votas y quienes no tenían obligación de hacerlo. Esto será registrado y la persona que figure se verá inhabilitada para hacer determinados trámites. Recién podrá hacerlo cuando pague la multa”.

Justificados

Existen una serie de causales establecidas en el Código Electoral que amparan a las personas que no se presenten a emitir su sufragio tanto en las elecciones PASO como en las generales. Por ejemplo, aquellos que se encuentren a más de 500 kilómetros de donde debería emitir el sufragio, o razones de salud justificada con un certificado médico o razones de fuerza de mayor como encontrarse cumpliendo funciones que no pueden suspenderse. “En este caso y con constancia correspondiente, el voto está justificado y no tendrá ninguna multa”.

Fuente: FM Aries

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