“Se vienen las fiestas y lamentablemente algunos se avivan y quieren quedarse con algunos beneficios extra”, alertó Assennato
Assennato lamentó esta situación y manifestó “Está prohibido que comercios hagan aumentos por pagos en tarjeta de crédito (en 1 solo pago) o débito." y remarcó que “está prohibido" que los comercios hagan descuento por pago en efectivo. Siempre debe el comprador pagar el precio menor. Ley 25065”. La referencia de Assennato a la ley 25065 se refiere a que la misma en su artículo 37 expresa que “El proveedor está obligado a: c) No efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta.” Es importante que los usuarios y consumidores salteños conozcan sus derechos y los ejerzan.
Consultado sobre que podría hacerse para defender el bolsillo de los consumidores Assennato manifestó que se llevaran adelante actividades para controlar que en los Supermercados y comercios se entén cumpliendo con los acuerdos de precios, se cumplan con las ley de defensa al consumidor y leyes concordantes.