El nuevo régimen del Instituto Provincial de Viviendas establece que el postulante que pose un porcentaje en un inmueble no podrá acceder a una vivienda. Resulta necesario modificar el sistema para optimizar el acceso a las viviendas a grupos familiares con mayores necesidades.
En el transcurso del último año, el Instituto Provincial de Vivienda entregó 2.400 unidades habitaciones, resultado del fuerte trabajo que realiza la provincia para reducir el déficit habitacional que es una demanda creciente. Es por eso que este año resultó necesario modificar el sistema para optimizar el acceso a las viviendas a grupos familiares con mayores necesidades.
El 20 de diciembre pasado se puso en vigencia la Resolución Nº 675, que establece que "si en el plazo de tres años no se realiza ningún tipo de actualización en la ficha social, se le dará de baja". A dicha medida se agrega la modificación parcial del artículo Nº 1, en el punto 8 de la Resolución Reglamentaria IPV Nº 031, que establece que “ninguno de los integrantes deberá ser titular registral de bienes inmuebles en todo el territorio de la Nación ya sea como único titular o como condominio. Se considerarán igualmente inhibidos los usufructuarios de bienes inmuebles”.
Anteriormente el postulante que tenía el porcentaje de un inmueble, que no superará el 20 % del valor de una vivienda FONAVI, podía inscribirse en el organismo; pero a partir de esta reforma no podrá hacerlo y el grupo familiar no podrá actualizar su ficha mientras tenga el beneficio de la propiedad.
Dicha determinación fue motivada por la creciente demanda de viviendas, que torna imprescindible adoptar medidas tendientes a asegurar que los planes que se llevan a cabo sean destinados a quienes verifiquen una real necesidad de acceso a una casa.