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POLÍTICA: Quienes no votaron ya pueden saber cuánto pagarán de multa
El sitio web del Registro de Infractores es www.infractores.padron.gov.ar y, al ingresar los datos personales, el sistema indicará en cuál de los comicios se ausentó.
Cuando no se haya votado en uno sólo de los actos electorales -primarias o generales- la multa será de 50 pesos, mientras que el monto de la segunda infracción será de 100 pesos, que se sumarán a los de la primera infracción.
La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia nacional electoral.
Si el elector perdió la constancia de emisión del voto pero no figura en el registro de infractores, no necesitará hacer ningún trámite. Pero si aparece en el registro como infractor pese a haber votado, podrá efectuar el reclamo en el mismo sitio de Internet o acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio o a la Cámara Nacional Electoral, con el documento y el troquel.
Mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, "los infractores no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año", informó la Cámara Electoral.
Lo recaudado por el pago de las multas estará destinado al Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.
Fuente: Infobae
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¡Atención! Si tu apellido aparece en esta lista podrás recibir nacionalidad española
Una lista de 5 mil 220 apellidos y nombres de judíos sefardíes fueron publicados por el Gobierno español tras más de 500 años de no ser reconocidos por su origen.
En días pasados, el Parlamento español comenzó el análisis para devolver la ciudadanía a los descendientes de los judíos expulsados en 1492. Es decir, quienes acrediten tener dichos apellidos vivan o no en España, podrán acreditar su doble nacionalidad.
El artículo 23 del Código Civil se modificará para beneficiar a “aquellos ciudadanos extranjeros sefardíes que prueben dicha condición y su especial vinculación con nuestro país, aunque no tengan residencia legal en España, cualquiera sea su ideología, religión o creencias”, señala.
Se les reconocerá el derecho a la doble nacionalidad y no tendrán que renunciar a otro pasaporte, explica.
Habrá un debate, pero se prevé que el Parlamento aprobará la ley en unos meses y con muy poca oposición pues el tema no suscita rechazos.
“Si han esperado 522 años pueden aguardar unos meses más”, dijo a la televisión española el periodista israelí Yaron London.
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