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ANOREXIA: “Se apagaron mi cuerpo y mi cerebro”

“Se apagaron mi cuerpo y mi cerebro”, terminó con anorexia por comer solo brócoli y gaseosas light

Sacha Reeve, de 25 años, llegó a pesar menos de 35 kilos a causa de una dieta que contemplaba solo brócoli y gaseosas. Cómo logró salir de la anorexia.

“Se apagó mi cuerpo y mi cerebro”, terminó con anorexia por comer solo brócoli y gaseosas light
La estudiante de drama Sacha Reeve, de 25 años, empezó a saltearse comidas a los 15, se sentía sentía gorda y atrapada en su propio cuerpo. Comía solo brócoli y Pepsi Max, situación que la hizo caer en la anorexia. Llegó a pesar 35.8 kilos.

En la escuela secundaria, comenzó a tirar sus almuerzos. Durante los siguientes nueve años, su ingesta diaria se redujo a un bowl pequeño de brócoli al vapor o verduras, un paquete de cigarrillos y media lata de Pepsi Max. Un total de menos de 150 calorías por día.

Sacha no entendía por qué estaba allí, creyendo que no estaba lo suficientemente enferma como para estar allí y le rogó a su madre que la llevara a su casa, pero su madre no podía soportar el pensamiento.

Estuvo durante más de una semana internada en un hospital para trastornos de la alimentación que solo tenía cuatro camas disponibles. Su médico le tomó la presión arterial y la remitió a un especialista del corazón, la enviaron a la unidad de cuidados intensivos, donde le dijeron que su corazón estaba fallando.

La recuperación fue larga para Sacha, que tuvo que ser tratada durante un año para trabajar en su peso y salud mental. No podía hablar, leer ni escribir, incluso tampoco lograba identificar los rostros de las personas que estaban con ella.


Después de unos meses de tratamiento, comenzó a dedicar su tiempo a comer tres comidas al día y a dejar el gimnasio, logró mejorar su salud y alcanzar un peso saludable de 60.7 kg. “Comenzó en la escuela secundaria, diría yo. Comencé a tirar mis almuerzos. Al terminar la escuela, se intensificó bastante rápido y luego se quedó por mucho tiempo “.

A eso, añadió: “Pensé y sentí que era un completo y absoluto desperdicio de espacio y que no valía nada en absoluto. Yodavía sigo luchando con ese pensamiento hasta el día de hoy. Tener anorexia es como si fueras dos personas diferentes; la enfermedad es una sola persona y luego estás vos, la verdadera esencia de quién sos y, a medida que empeora, la anorexia se vuelve más fuerte y la lucha es tan ridículamente difícil de combatir en tu mente que te rendís “.
 
Sacha ahora está orgullosa de su cuerpo. “Nunca tuve sobrepeso, creo que para mí provino de mi sistema de creencias interno que había creado sobre mí misma, que es un tema bastante difícil de abordar”.

FUENTE: THE SUN

¿Llueve? Ingresa un nuevo viento frío a Salta: ¿cómo estará el tiempo este fin de semana?

Las máximas no superarán los 24 grados y las mínimas rondarán los 9.


Tras una semana de días grises y con algunas lloviznas de por medio, el fin de semana parece prometedor. El meteorólogo Ignacio Nieva, indicó en FM Profesional que tendremos temperaturas agradables y que no hay probabilidad de lluvias.

Asimismo, Nieva señaló que para este viernes se espera una máxima de 19 grados, para el sábado de entre 21 a 23 grados y para el domingo entre 23 y 24 grados.

El lunes habría un pequeño descenso de la temperatura debido a al ingreso de un viento frío, lo que haría que la máxima alcance los 22 grados, el resto de los días hábiles de la semana se mantengan iguales.

En cuanto a las temperaturas mínimas, este fin de semana estarían en el orden de los 9 a 12 grados.

Finalmente, el meteorólogo indicó que hay bajas probabilidades de lluvias para esta tarde-noche de viernes y no se esperan precipitaciones para sábado o domingo.


FUENTE: DIARIO DIGITAL QUE PASA SALTA 

Le quitaron a una familia salteña su casa del IPV: lo que hacían era indignante


ESPECTÁCULOS: La Guemense del "poliamor" llevará a la Justicia a Flor Peña y a su marido

Eliana Mendoza también aseguró que la pareja de la actriz, la extraña.


Pasaron seis meses desde que Eliana Mendoza (33) saltó a la fama mediática por ser la supuesta tercera en discordia en la pareja de Ramiro Ponce de León (43) y Florencia Peña (43). En ese entonces fue que Flor desmintió el engaño de parte del padre de Felipe Ponce de León (1 año y siete meses) y circunscribió el desliz al "poliamor" que había pautado con Ramiro.

A raíz del escándalo mediático, el abogado cortó su relación con Eliana, quien se animó a romper el silencio y contar cómo es su presente hoy: "Con Ramiro nos unen un montón de cosas. No puedo decir por qué. Pero les aseguro que, hoy por hoy, él me extraña. Estuve viendo sus publicaciones y festejó su cumpleaños como lo hacía conmigo", afirmó.

Ante la intriga, la mujer que sueña con triunfar como actriz aclaró la forma de celebrar que tenía Ponce de León: "¿Cómo? En un hotel". Luego, se explayó: "Por supuesto que es una señal de que me extraña. Los dos marcamos la vida del otro. Quien lo conoce, sabe que me extraña, las huellas quedan a la vista por dentro y por fuera".

Por otra parte, Eliana Mendoza aseguró que tomará la iniciativa en la Justicia contra Ramiro Ponce de León y Florencia Peña: "No sabemos quién es su letrado porque el que él tenía renunció. Pero con mi abogado estoy llevando adelante una demanda porque no se presentaron en las dos audiencias. Será por calumnias e injurias por un lado, y por daños y perjuicios por el otro".


FUENTE: DIARIO QUE PASA SALTA

Municipalidad de Güemes le ganó un juicio: Esta vez le toca pagar a Edesa

El municipio de Güemes le ganó la pulseada a la empresa.

DDN. La Corte de Justicia de Salta rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Empresa de Distribución de Electricidad de Salta (EDESA SA).
La Corte de Justicia de Salta rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Empresa de Distribución de Electricidad de Salta (EDESA SA) contra los artículos 197, 198, 199 y 200 del Código Tributario Municipal de General Güemes decreto 125/78 y del artículo 152 incisos a y b de la Ordenanza Tarifaria 489/16 que gravan la ocupación o utilización diferenciada del subsuelo, superficie o espacio aéreo del dominio público para el tendido y colocación de postes y líneas de media tensión.


La empresa alegaba la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas sobre las cuales dijo, tomó conocimiento el 22 de noviembre de 2017. Citaba el artículo 17 del contrato de concesión según el cual la distribuidora puede hacer uso y ocupación a título gratuito, de los lugares de dominio público provincial o municipal que fueran necesarios para la colocación de instalaciones para la prestación del servicio público.


Recordaron los jueces de la Corte de Justicia que tanto Nación como Provincia tienen potestades tributarias originarias reconocidas y reguladas por la Constitución Nacional. Y citaron lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a que “a los municipios no se les puede negar las atribuciones mínimas necesarias para su cometido” señalando que las facultades comunales no pueden ir más allá de aquellas que surjan de las constituciones y leyes provinciales.


El artículo 175 de la Constitución Provincial prescribe que constituyen recursos tributarios de los municipios las tasas, las contribuciones por mejoras provenientes de obras municipales, los impuestos a la propiedad inmobiliaria urbana, a la radicación de automotores y aquellos cuya facultad de imposición corresponda por ley a las municipalidades. Los municipios participan, además, de la recaudación de los impuestos nacionales y provinciales de acuerdo con las alícuotas que fija la ley respectiva.


La municipalidad de General Güemes requería a la empresa el pago de 20.196 pesos invocando lo prescripto en el artículo 152 incisos “a” y “b” de la Ordenanza Tarifaria 489/16.
Dijeron en esta línea que el hecho imponible, “contrariamente a lo señalado por la empresa, no surge de lo prescripto en Título XI del Código Tributario Municipal que regula la contribución que incide sobre la ocupación o utilización del espacio público municipal (respecto de la cual la ordenanza tarifaria fija en el artículo 79 una alícuota del 5 por ciento sobre los importes de facturación), sino del Título XIV que regula la contribución que incide sobre la inspección mecánica e instalación y suministro de la energía eléctrica (respecto de la cual la ordenanza tarifaria fija en el artículo 152 una cantidad medida en UT por el tendido de redes subterráneas y/o aéreas y por la colocación en la vía pública de postes y columnas).


La empresa alegaba además que el municipio no tenía la naturaleza de tasa ni de contribución sino que era un impuesto no autorizado a las municipalidades por la Constitución Provincial.
Recordaron los jueces que “el elemento definitorio de una tasa es la existencia de un servicio en contraprestación a su pago”.
La Municipalidad intimó al pago del tributo en el marco de la realización por parte de EDESA SA del tendido de líneas de media tensión y colocación de postes en la ciudad de General Güemes.
Vale decir entonces que el hecho imponible se integra con una actividad estatal que incluye la inspección de las obras de instalación y suministro de energía eléctrica. No hay impedimento para que la municipalidad, en ejercicio de su poder de policía y actuando en el marco de sus facultades de control y de sus atribuciones como custodia de los bienes de dominio público, requiera el pago de la tasa por construcción destinada a cubrir los servicios de inspección y verificación de obras en el ejido municipal.
La empresa distribuidora no alegó que el municipio hubiera omitido prestar el servicio o desproporción en el monto que se pretende percibir.
Los jueces de Corte señalaron que “el interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contradice la Constitución y le causa de ese modo un gravamen”, es decir debe acreditar el perjuicio concreto que le origina la aplicación de la disposición, lo que no concretó la empresa. Por ello mismo es que se resolvió el rechazo de la acción de inconstitucionalidad

Fuente: FM NOTICIAS 98.3 mhz Salta Captal

Por los “sobresueldos”, piden la destitución del intendente de Campo Santo

INTERIOR HACE 6 HORAS

Los concejales del municipio se expidieron al respecto a través de un proyecto de resolución en el que solicitan apartar someter a juicio político por mal desempeño de sus funciones a Mario Cuenca.

Mario Cuenca

Los errores administrativos, relacionados a una mala liquidación de sueldos desde 2017 a los empleados municipales de Campo Santo, quienes en algunos casos cobraron sumas exorbitantes, podrían costarle el cargo a su intendente, Mario Cuenca.


El propio jefe comunal, y presidente del Foro de Intendentes, reconoció que cobraba $120.000 cuando debía cobrar la mitad, lo que desató un escándalo y motivó a que los empleados se nieguen a devolver los “sobresueldos.” Ayer finalmente, se acordó que no deberán hacerlo.

Desde el Concejo Deliberante de ese municipio, en tanto, se emitió un proyecto de resolución en el que piden el paso a disponibilidad de los responsables directos del Área de Hacienda, su contador y tesorero, como así también apartar a Cuenca de sus funciones y someterlo a juicio político por “mal desempeño de sus funciones”.

En el documento, se resuelve apartar e interpelar  de sus cargos a los responsables de la mala liquidación y subordinados del Área de Hacienda y Personal y redactar dentro del marco legal un proyecto de Ordenanza para destituir al intendente Mario Cuenca.

FUENTE: INFORMATE SALTA

Locales: Los municipales de Campo Santo no devolverán el "sobresueldo"

23 DE ABRIL 2019 - 09:44 La conciliación se hizo en la Dirección de Trabajo provincial y se firmó un acta-acuerdo.A partir de abril de 2019 el personal será recategorizado con un piso salarial de $12.500.

La reunión de ayer motivada porque en Campo Santo hubo sueldos de municipales extraordinarios desde 2016.


Ayer se llevó a cabo la reunión conciliatoria entre el gremio de ATE en representación de los trabajadores de Campo Santo, la abogada Anabela Aparicio, como patrocinante de los empleados; la abogada Graciela Oviedo y el contador Alfredo Herrera, por parte del ejecutivo municipal, y la participación presencial del cuerpo de concejales de Campo Santo.
La conciliación tuvo lugar en la Dirección de Trabajo de la Provincia. En poco tiempo las partes pudieron arribar a un acuerdo, debido a que el pasado miércoles durante una sesión ordinaria, se realizaron las exposiciones, discusiones y planteamientos de la situación generada por el pago irregular de los haberes de los empleados municipales desde 2016.
El acta que se firmó ayer en las oficinas de la Dirección de Trabajo refleja los siguientes puntos sobresalientes:
1) La municipalidad a partir de marzo 2019 comenzará a realizar las liquidaciones rectificando el impacto de diversos ítems del básico y el acuerdo salarial del remunerativo bonificable, es decir, realizará las correcciones en el cálculo de los haberes.
2) Sobre los errores cometidos al calcular los sueldos, la Municipalidad no realizará descuentos sobre los sueldos ya abonados, tampoco se realizarán las rectificaciones en la Anses, IPS y cuotas gremiales en cuanto a los aportes ya abonados.
3) La Municipalidad a partir de abril de 2019 recategorizará a los agentes para que todos perciban un piso no menor a los $12.500, que es el salario mínimo, vital y móvil. También se deja constancia que se llevará a cabo una reunión el martes 23 de abril en la municipalidad de Campo Santo a los efectos de establecer pautas y condiciones para la misma.
"Un gran logro"
"Los concejales acompañamos con la autorización de las autoridades ministeriales en esta audiencia donde se logró un avance muy importante, porque se discutió un beneficio general para todos los trabajadores y se acordó llevar los sueldos bajos a un importe no inferior al mínimo vital y móvil, de allí hacia arriba se va a trabajar en una grilla salarial como yo había propuesto en el Concejo para que se configure un reacomodamiento a beneficio de la franja de los que menos ganan, pero sin perjudicar a los de arriba, ellos estaban acostumbrados a una suma importante pero no debemos castigarlos por eso sino hacer una grilla dentro de la ley. Debo destacar que el hecho de que el trabajador no deba devolver lo que recibió de más es un gran logro", dijo el concejal Daniel Rallé.
Ajustes sin el 35%
Sobre esta reunión conciliatoria el intendente Mario Cuenca expresó: "Lo que se firmó en el Grand Bourg es una acta que debe ser tratada el martes 23, estoy de acuerdo con sus puntos pero si es que no debo pagar el aumento del 35% otorgado para este año".
El jefe municipal consideró que es imperioso abonar sueldos más equitativos con los que menos ganan, para ellos habría una equiparación tomando como piso el haber mínimo fijado en $12.500. "Esa equiparación representa un aumento para ellos, ahora si además debo aplicar sobre esa suma el aumento del 35%, lo cual beneficiaría también a aquellos trabajadores que estuvieron ganando una suma enorme, así no me parece", dijo.
Cuenca considera que sumar el 35 % le significaría al municipio un desembolso hasta fin de año de aproximadamente un millón de pesos más. "Puedo invertir en la equiparación beneficiando a los de abajo, pero no podría asumir el aumento, porque ese aumento sería solo beneficioso para los que cobran muchos, ellos deberían ser solidarios con sus compañeros y comenzar a cobrar lo que deben cobrar que tampoco es un mal sueldo, son importes bastante significativos para un empleado municipal". Como una propuesta alternativa Cuenca propuso el pago de una suma fija hasta fin de año, pero con lo cual se perdería la equiparación. "No puedo pagar aumento sobre aumento, creo que los trabajadores y los gremios lo deben entender y eso lo vamos a discutir mañana (por hoy) en horas de la tarde en el municipio de Campo Santo", dijo. Con el pago erróneo de los sueldos desde el 2016 al presente, el municipio hizo entrega de al menos 5 millones de pesos de más, los que deberían ser reembolsados por los trabajadores incluido el mismo intendente que cobró según confesó, 800 mil pesos de más.
"El Gobierno me está dando una mano con ese faltante, de esa manera se hace posible que los trabajadores no deban devolver lo percibido erróneamente", finalizó Cuenca.


FUENTE: DIARIO DIGITAL EL TRIBUNO DE SALTA 

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